Delito de estafa: ‘vendió’ una gasolinera y luego desapareció
Delito de estafa terminó en una sentencia de 5 años. José T. intentó vender una gasolinera que tenía impedimento de venta.
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José Iván T. fue sentenciado a cinco años de prisión tras ser hallado culpable del delito de estafa.
También, un Tribunal de Garantías Penales de Chimborazo ordenó el pago de 15.000 dólares como reparación integral a la víctima, además de una multa equivalente a doce salarios básicos unificados.
Sentencia por delito de estafa en la vía Colta- Riobamba
La Fiscalía inició un proceso investigativo en el año 2017, luego de recibir una denuncia presentada por Luis Antonio T., en la que señalaba haber sido estafado por José Iván T., quien, mediante engaños, había logrado que le entregara 47.700 dólares, bajo la promesa de la venta de una gasolinera.
El 23 de octubre de 2023, con base en los elementos de convicción presentados por la Fiscalía, un Juez dictó auto de llamamiento a juicio contra José Iván T., presunto responsable de estafa.
El magistrado ratificó las medidas cautelares contra el procesado, tales como la presentación periódica y la prohibición de salida del país.
Estafa de USD 47.000 por venta de gasolinera
El hoy sentenciado era copropietario, junto con sus cuatro hermanos, de una gasolinera ubicada en la vía Colta-Riobamba. La estación de servicio tenía un impedimento de venta, ya que se encontraba en un litigio de herederos.
Sin embargo, el procesado ofertó el bien y, en 2017, recibió una transferencia bancaria por parte del afectado como adelanto del valor acordado de venta de 230.000 dólares.
Con el paso de los días, los perjudicados presentaron un reclamo por la demora, pero luego el hoy sentenciado dejó de responder a sus llamadas y mensajes.
En la audiencia de juzgamiento, el fiscal del caso presentó las pruebas que demostraron la participación de José Iván T. en el delito de estafa.
Entre las cuales constan el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el certificado de datos de identificación, el informe de movimientos bancarios de la víctima y la denuncia del perjudicado, entre otros.
La estafa está tipificada en el artículo 186 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con privación de libertad de cinco a siete años.